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LOS «ANTIGUOS DEBERES» (OLD CHARGES):TRADUCCIÓN Y ESTUDIO CRÍTICO SOBRE DICHOS ANTIGUOS MANUSCRITOS

Por el Dr. JORGE FRANCISCO FERRO [i]  – CONICET (Argentina)

Investigador Científico – especialista en Masonología

Los llamados «Antiguos Cargos» o «Antiguos Deberes» (Old Charges) están compuestos por el material que ha sobrevivido hasta nuestros días de alrededor de ciento veinte documentos manuscritos, referidos a normas y reglamentos que gobernaban el arte y la ciencia de la construcción antes del surgimiento del sindicalismo moderno. Dichos documentos están datados desde casi trescientos años a seiscientos años atrás. El más antiguo conocido es el denominado «Regius» Ms. y según los expertos fue redactado hacia el 1390 CIRCA; Se trata de un extenso poema, de una rima arcaica denominada «doggerel verse», que se encuentra en el British Museum. El segundo en antigüedad es el llamado «Cooke» Ms., también propiedad del British Museum, datado hacia 1425 CIRCA. El tercero en este orden es el «Grand Lodge» Ms. Nº 1 que pertenece a la Biblioteca de la Gran Logia Unida de Inglaterra y está datado en el 1583. Muchos de estos «Antiguos Deberes» fueron escritos durante el siglo XVII y las primeras décadas del siglo XVIII, encontrándose en poder de Grandes Logias o en colecciones privadas. 

La mayoría de estos documentos han sido publicados o bien en forma facsimilar o en transcripciones al inglés moderno; es necesario precisar, además, que muy pocos de ellos fueron impresos en el momento de su aparición siendo que la inmensa mayoría se reproducirían, de Logia en Logia, en forma manuscrita. En los últimos ciento veinte años muchos especialistas han volcado su atención sobre esta documentación única e irreemplazable y a partir de minuciosos estudios sobre diferentes estilos de redacción, errores de los copistas, giros idiomáticos locales o de ciertas épocas, etc. han logrado establecer «familias» de manuscritos con características particulares. 

El desaparecido erudito Prof. Douglas Knoop sostenía que, a partir del análisis de estos textos, pueden detectarse algunas trazas de la organización de los constructores (masons) en Inglaterra en el siglo XIV lo cual nos lleva muy cerca de los comienzos estimados de la llamada Masonería «Operativa», es decir, los masones efectivamente dedicados a la construcción. 

Los textos usualmente se encuentran divididos en tres partes: primero, una plegaria o invocación; segundo, la llamada Historia tradicional de la Masonería y del Oficio de la Construcción y finalmente la tercera parte consta de los «Deberes» (Cargos o Encargos) del Masón que debían ser leídos obligatoriamente al recientemente iniciado. 

El siguiente ejemplo de invocación ha sido tomada del «Grand Lodge» Ms. No. 1 del año 1583: (el texto original ha sido transcripto a inglés moderno)

«The Might of the Father of Heaven and the wisdom of the glorious Son through the grace and goodness of the Holy Ghost that are three persons and one god be with us at our beginning and give us grace so to govern us here or in living that we may come to his bliss that never shall have ending. Amen.»

Como se apreciará, del texto se desprende un carácter claramente religioso, reminiscencia medieval cuando el mundo del trabajo se encontraba organizado en gremios y cofradías imbuidos de espíritu cristiano. 

La parte histórica, usualmente demasiado larga para reproducirla aquí «in extenso», contenía relatos históricos y aún semi-legendarios a veces con grandes lagunas o errores cronológicos. Los siguientes extractos han sido tomados del «Beswicke-Royds» Ms., escrito, casi seguramente, en la primera mitad del siglo XVII. El manuscrito consiste en cuatro hojas de pergamino de alrededor de seis pulgadas de ancho cosidas de manera de formar, en conjunto, un rollo de seis pies con diez pulgadas de largo. El manuscrito pertenece a la Biblioteca y Museo de la Gran Logia Provincial de Lancashire (Eastern Division). Dicha parte histórica, con un relato sobre las Siete Artes y Ciencias liberales como encabezado, pasa luego a relatar hechos de personajes bíblicos y de la antigüedad. Es interesante señalar que las Siete Artes y Ciencias, constituyendo el Trivium y el Quadrivium, es decir, el curriculum normal de las universidades medievales, son objeto de estudio y reflexión en el actual 2º Grado (Compañero) de la Masonería Simbólica actual. El párrafo seleccionado, poniendo el énfasis sobre el rol de la Geometría, dice así: 

«… the … seven liberal sciences be as it were all one science that is to say Geometry for thus may a man prove that all the sciences in the world be found by Geometry … there is no man that worketh by any Craft but he worketh by some measure and no man buys or sells but by measure and weight and all is Geometry …»

La historia propiamente dicha comienza con los hijos del bíblico Lamech: Jabal, fundador de la Geometría; Jubal, fundador de la Música; Tubal Caín, fundador de la metalurgia y la herrería, mientras que la hija fue la descubridora del tejido. Ellos sabían que Dios tomaría venganza contra el mundo por sus pecados, pero no podían determinar si lo haría bajo la forma de un diluvio o una conflagración por lo tanto construyeron dos grandes Columnas, una de mármol, que no podría ser destruida por el fuego, y otra de «latomus» (ladrillos), que no podría ser destruida por el agua (en el texto, el copista invirtió el orden de los materiales pues el mármol, que no es dañado por el agua, puede ser calcinado por el fuego y el ladrillo primitivo, que es endurecido por el fuego, puede ser disuelto por el agua). Este relato, semi-histórico y/o semi-legendario, fue tomado de la obra Polychronicon que es una historia del mundo, escrita en el siglo XIV por el monje Ranulf Higden de Chester quien, a su vez, la había tomado del historiador judío-romano Flavio Josefo quien, también, la había tomado en préstamo del historiador griego Beroso (300 A.C.) quien, se supone, había utilizado una leyenda sumeria de alrededor del año 1.500 A.C. por lo cual el tema de las dos Columnas posee una respetable antigüedad. 

El relato continúa con el descubrimiento de las Columnas por el sabio Hermes Trismegisto quien transmitió el secreto a la posterioridad, lo cual permitió que el Oficio de la Masonería se constituyera durante la construcción de la Torre de Babel. El primer deber (charge) de los Masones les fue impuesto por el rey de Babilonia a un grupo de sesenta constructores enviados para ayudar a la construcción de la ciudad de Nínive. Luego aparece el episodio de la emigración de Abraham y Sara a Egipto, donde el patriarca enseñó las Siete Ciencias a los egipcios. Prosigue el relato con la figura de Euclides quien habría resuelto un problema de desempleo, surgido del tamaño de las familias de la nobleza de la siguiente manera: » … And then the worthy doctor took the Lord’s sons and taught them the science of Geometry…and all manner of worthy works that belonged to the building of Castles and all manner of Courts, Temples, Churches… Euclid charged his pupils to be true to the king and the lord they served and to be true to each other.» 

El siguiente episodio es la tentativa de construcción del Templo de Jerusalén por David quien impuso los siguientes Deberes a los Masones y les pagó sus salarios. Luego de la muerte de David, el rey Salomón «performed out the Temple his father had begun and he sent after Masons into divers lands and gathered them together so that he had four score thousand workers of stone and they were named Masons and he had three thousand of them wich were ordained masters and governors of that work. And there was a king of another region that men called Hyram and he loved well King Solomon and gave him timber for his works and he had a son that was named Aynon and he was master of Geometry and he was chief master of all the Masons that belonged to the Temple…» 

Este personaje, hijo del rey Hyram y llamado «Aynon», es interesante y aparece en los Antiguos Deberes con una ortografía muy variable; llama la atención que no aparece en los relatos bíblicos referidos a la construcción del Templo. 0tro curioso personaje que figura en las diversas versiones de los Antiguos Deberes bajo ortografías diversas es «Naymus Grecus» (named Grecus, es decir, llamado Grecus) y ha sido asimilado con Pitágoras y con otros filósofos. 

Más adelante, el relato menciona a Carlos Martel (689-741 D.C.) asimilándolo un poco a su nieto Carlomagno, pues existe una tradición francesa del siglo XIII que afirma que Carlos Martel fue un benefactor de los masones canteros (stonemasons). 

Es necesario reconocer que la historia tradicional del Oficio de la Construcción que relatan los Antiguos Deberes, en sus distintas versiones, abundan en errores históricos, asimilaciones falsas y anacronismos. 

Seguidamente el relato pasa a las Islas Británicas y se afirma que «England all this season stood void of any Charge and Masonry until the time of St. Alban» y aquí es menester señalar la unanimidad con que los Antiguos Deberes atribuyen a San Albano un rol principal en el desarrollo del Oficio de la Construcción en la Inglaterra medieval. Luego continúa la narración diciendo que, en tiempos de dicho santo, «a worthy knight was chief Stewart to the king and have government of the Realm and also of making the town walls and he loved masons well and cherished them and made and made payment right good standing wages as the realm dis require for he gave them every three weeks 3s. 6d. their double wages whereas before that time through all the land a mason took but a penny a day…» Algunos eruditos del tema consideran que este importante aumento en los pagos confirmaría la teoría particular que los Antiguos Deberes fueron compilados luego de la Peste Negra, momento en que hubo un aumento generalizado de salarios en toda Inglaterra. 

Luego ocurre un período de inactividad en el relato hasta los tiempos del rey Athelstan y de su hijo Edwin quien amaba a los Masones mucho más que su padre pues dominaba la práctica de la Geometría y se afirma que «he got of his father the king a Charter and a Comission to hold every year an Assembly where they would within the realm and to correct within themselves by Statute trespasses if they were done within the craft. And he held himself an Assembly at York and there he made Masons and gave them charges and taught them the manners of masons.» 

De esta manera, con variantes de alguna importancia entre versión y versión, culmina la parte histórica y en muchas de ellas, en este punto del manuscrito, aparece una instrucción acerca del modo de tomar un juramento sobre la Biblia al recién iniciado. 

La tercera parte está constituida por los Deberes, propiamente dichos, del Masón, es decir, el meollo de la cuestión; estos Deberes difieren apreciablemente de las Ordenanzas de los Gremios (Guild Ordinances), las cuales son susceptibles de un estudio particular posterior. El análisis de los Deberes enumerados en el «Cooke» Ms. (1425CIRCA) muestra que fueron tomados de un original más antiguo que los que figuran en el «Regius» Ms. (1390CIRCA) y los expertos coinciden en señalar una compilación -acompañada, tal vez, por una cierta depuración- hacia la mitad del siglo XIV. 

Los Deberes que figuran en el «Beswicke-Royds» Ms. son los que enumeramos a continuación: 

«Aquí siguen los dignos y sagrados juramentos de los masones, es decir: Cada hombre que es masón debe observar correctamente estos deberes; si usted se encuentra culpable de alguno de ellos usted debe enmendarse nuevamente; especialmente ustedes que han sido encargados observen muy bien de mantener estos Deberes pues es un gran peligro para un hombre renegar de sí mismo sobre el Libro.

1.    El primer deber es que usted será un hombre sincero con Dios y la santa iglesia y no caerá en la herejía o en el error por su entendimiento o por las enseñanzas de un hombre indiscreto. 

2.    También usted será un vasallo (liegeman) sincero con el rey sin traición o falsía y si usted conoce alguna traición la enmendará si puede o si no avisará al rey o a su consejo.

3.    También serán sinceros unos con otros, es decir, con cada maestro y compañero del Oficio de masonería que sean Masones autorizados y usted los tratará a ellos como quisiera que ellos lo traten a usted. 

4.    Y también que cada masón mantenga el secreto de la Logia y de la cámara verdaderamente y todo otro secreto que deba ser mantenido a la manera de la masonería. 

5.    Y también que ningún masón sea un ladrón en la Compañía hasta tanto usted lo sepa. 

6.    Y también que usted será sincero hacia el señor y el maestro a quienes sirve y sinceramente mirará por su provecho y ventaja. 

7.    También que no hará ninguna villanía en la casa en la que el Oficio pueda ser injuriado. 

Estos son los Deberes Generales que todo masón debe cumplir, tanto maestros como compañeros.» 

En el manuscrito figuran también otros Deberes particulares tanto para maestros como para compañeros: 
 

01.          Primero que ningún maestro tome sobre sí ningún trabajo de un señor ni ningún otro trabajo sino aquél que él sabe que es capaz de realizar hábilmente de forma que el Oficio no caiga en descrédito y que el señor sea servido verdaderamente.  

02.          También que ningún maestro tome un trabajo que no sea razonable de manera que el señor pueda ser servido fielmente con sus propios bienes y que el maestro viva honestamente y pague correctamente a sus compañeros el salario en la forma que el Oficio lo requiere.  

03.          También que ningún maestro ni compañero suplantará a otro en su trabajo, es decir que si han tomado un trabajo o están como maestros de trabajo de un señor no los echará a menos que sea incapaz de habilidad para finalizar el trabajo.  

04.          También que ningún maestro o compañero tomará un aprendiz para autorizarlo a ser su aprendiz si no es por siete años, y que ese aprendiz será apto de nacimiento y de miembros tal como debe ser.  

05.          También que ningún maestro o compañero de autorización para hacer masones sin el consentimiento de sus compañeros, al menos cinco o seis.  

06.          Y también que aquél que va a ser hecho masón sea nacido libre de buen linaje y no un vasallo y que tenga miembros derechos como debe tener un hombre.    

07.          También que ningún maestro ponga la obra de un señor en tarea que se acostumbraba a hacer por jornada (p. ej. no hay sustitución parcial de trabajo por salario diario).    

08.          También que cada masón pague a sus compañeros lo que merezcan para que no sea decepcionado por trabajadores falsos.  

09.          También que ningún compañero calumnie falsamente a otro a sus espaldas para hacerle perder su buen nombre o bienes mundanos.  

10.          También que ningún compañero, dentro o fuera de la Logia, conteste a otro despiadadamente sin causa razonable.   

11.          También que cada masón prefiera al más anciano y le tenga respeto. 

12.          También que ningún masón juegue a las cartas, azares o cualquier otro juego ilegal donde puedan ser injuriados.    

13.          También que ningún masón use un lenguaje obsceno o caiga en la lujuria de modo que el Oficio sea calumniado y que ningún compañero vaya a un pueblo donde exista una Logia de masones sin un compañero que sirva de testigo que se halla en honesta compañía.   

14.          También que cada Maestro y compañero debe ir a la Asamblea si está dentro de las cincuenta millas y está advertido que debe permanecer hasta la decisión de maestros y compañeros.  

15.          También que todo maestro y compañero si ha traspasado (ofendido) debe esperar la decisión de maestros y compañeros para que se pongan de acuerdo si no pueden ir ante la ley de los Comunes.

16.          También que ningún masón construya moldes, escuadras o reglas para ningún masón rústico (rough mason).   

17.          También que ningún masón coloque armazones, dentro o fuera de la Logia, para tener bloques moldeados hechos con moldes construidos por él.  

18.      También que cada masón recibirá y cuidará de masones extranjeros cuando lleguen al país y los pongan a trabajar según la costumbre, si se tienen bloques moldeados en la obra se los pondrá a trabajar una quincena (fortnight) como mínimo y se le pagará su jornal y si no hay bloques para que coloque se lo asistirá con algún dinero para que pueda llegar a la Logia más próxima y también que todo masón servirá honestamente al trabajo y honestamente lo terminará si es a destajo o jornalero y recibirá su paga si lo merece.

Estos Deberes que están aquí relatados y otros que pertenecen a la masonería los observará fielmente con el mayor de su conocimiento.

Que Dios lo ayude   
por el contenido de este Libro.» 

Muy brevemente hemos descrito la estructura general de estos documentos manuscritos genéricamente llamados Antiguos Deberes. Inmediatamente, se plantea la pregunta: ¿cuál era la función de estos manuscritos dentro de las Logias? En el relato histórico de los Antiguos Deberes se menciona al príncipe Edwin, hijo del rey Athelstan, que había recolectado los escritos y los conocimientos del Oficio de los Masones en la Asamblea que presidió en la ciudad de York; es un tanto dudoso que una copia de la historia tradicional fuese leída «in extenso» al candidato en las iniciaciones pero lo que parece suficientemente confirmado es que la posesión de una copia de los Antiguos Deberes, por parte de una Logia, validaba o legitimaba la existencia de la misma funcionando a la manera de una garantía de autenticidad. 

Una copia del «Sloane» 3848 M. tiene una anotación en el reverso que indica que fue terminada el 16 de Octubre de 1646 por un tal Edward Sankey. 

Los Deberes son de dos clases: a) generales, que establecen un código general de buena conducta y b)particulares, que se relacionan con la conducta en el trabajo. Alrededor de una veintena de versiones contiene un Deber para los Aprendices que es de marcado carácter operativo; un pequeño grupo de esta veintena contiene los llamados Nuevos Artículos redactados hacia el año 1663. 

Se ha sugerido que la Historia Tradicional del Oficio fue redactada como contrapartida para las retribuciones requeridas por los Gremios del Oficio de acuerdo con una ordenanza de Ricardo II en el año 1388. 

En Los Antiguos Deberes aparecen algunas omisiones que resultan, al menos, extrañas: 

1.    El Maestro debía ser liberado de la jurisdicción de la ciudad o del burgo (generalmente, el masón era un ave de paso).  

2.    El enrolamiento de los Aprendices.  

3.    Restricción de residencia.    

4.    Persecución de trabajo falso (p. ej. esta tarea estuvo a cargo de la London Company of Masons hasta principios del siglo XVIII).  

5.    Tentación de los trabajadores hacia la mala conducta.  

6.    Trabajo ante la presencia del Maestro. (en grandes edificios esto era impracticable).  

7.    Uso de Marcas (sólo un manuscrito hace referencia a esta práctica; en cambio, el Scottish Masons’ Statutesprovee para el uso de una marca distintiva desde fines del siglo XVI.   

  • Asistencia a pobres y necesitados.  

En cambio, muchas cuestiones de las anteriores figuran en las Ordenanzas Gremiales (Guild Ordinances) relacionadas con los poderes de los pueblos y ciudades; esto señala un interesante campo especial de estudios relacionado con dos posibles modos de organización del Oficio de la Construcción a saber: uno dependiente de los poderes municipales, quizás más moderno en su constitución, y otro, más arcaico ligado al concepto de los trabajadores nómades o viajeros quienes, al igual que los soldados, sin estar atados a estados nacionales aún inexistentes, ofrecían sus servicios en forma peregrina e itinerante. 

Del análisis de estos documentos, se desprende también la existencia, de un aspecto referido a las prácticas rituales observadas por los masones en distintas situaciones. A continuación se consignan algunos ejemplos (el nombre del manuscrito citado figura, entre paréntesis, al final de cada párrafo):

        «Que ninguna persona será admitida como Franc-Masón excepto que tenga veintiún años o más». («Grand Lodge» Ms. Nº 2, siglo XVII).

        «Existen muchas palabras y signos de un Franc-Masón para ser reveladas a usted las cuales, tal como usted contestará ante Dios en el grande y terrible día del Juicio, usted mantendrá secretas y no revelará las mismas a los oídos de nadie sino a los Maestros y compañeros de la dicha Sociedad de Franc-Masones, así me ayude Dios… etc. («Harleian» Ms. 2054, manuscrito realizado por Randle Holme III, segunda mitad del siglo XVII).

        «Estos Deberes que usted ha recibido los mantendrá bien y sinceramente sin descubrir el secreto de nuestra Logia a ningún hombre, mujer o niño, ni palo ni piedra, cosa móvil o inmóvil; entonces, que Dios lo ayude y su santo Juicio. Amén» («Buchanan» Ms. 1670 CIRCA).  

        «Que usted será un hombre sincero con el rey, sin traición ni falsía, pero usted la enmendará si la hubiera o dará noticia o conocimiento al rey y a su consejo u ofíciales.» («H.F.Beaumont» Ms., 1690). Este párrafo puede ser comparado con el juramento que prestaba el Burgués Libre (Free Burgess) en Preston (Inglaterra) en el siglo XVII.

        «Un lobezno (en la jerga masónica, la palabra inglesa Lewis se traduce usualmente como lobatón o lobezno) es uno que ha servido durante un Aprendizaje a un Masón pero que luego no es admitido de acuerdo con la costumbre de hacer masones («Harris» Ms. Nº 1, siglo XVII).

        «También usted llamará Masones a sus compañeros o Hermanos y no usará para ello un nombre tonto, ni tampoco tomará violentamente a la mujer de su compañero ni deseará impiadosamente a su hija ni a su sirvienta en villanía.» («H.F.Beaumont» Ms., 1690).

        «Si alguien es encontrado infiel en el mantenimiento de los tres signos fraternales y todos los puntos del compañerismo y las cuestiones principales relacionadas con los Secretos del Oficio.» («Gateshead Ms., 1730CIRCA). Los llamados Cinco Puntos del Compañerismo, antes mencionados, figuran también en el «Edimburgh Register House» Ms. el cual es un catecismo masónico de 1696; los miembros del Gremio de Masones (Masons’ Guild) de Lincoln, en el 1389, estaban encargados de asistir a sus compañeros excepto aquellos culpables de robo u homicidio.

        Era obligación de los Hermanos asistir a la Asamblea anual si se encontraban en una zona que podía variar de tres a cincuenta millas; una regla del pueblo de Preston imponía una penalidad por ausencia a la Asamblea Anual popular a menos que el burgués presentara alguna buena razón; esta era una regla general de las cortes señoriales medievales.

GENEALOGÍA DE LOS ANTIGUOS DEBERES

  
Este cuadro está colocado aquí para dar una idea de la riqueza y la gran complejidad de la familia de manuscritos masónicos denominados Antiguos Deberes dejando para más adelante un estudio más pormenorizado. Sin embargo, daremos algunas pocas indicaciones sobre los manuscritos o familias de manuscritos citados.

El denominado Manuscrito Real o «Regius» Ms. está colocado primero a causa de su antigüedad pero no por ello debe considerarse que los demás derivan de él. En realidad, este manuscrito constituye, en si mismo, una clase aparte. Por el contrario, todos los restantes manuscritos derivan, más o menos directamente, del «Cooke» Ms., al menos en lo que se refiere a la historia legendaria del Oficio. En efecto, el gran relato histórico-legendario que figura en el «Cooke» Ms. reaparece, con algunas variantes, en los restantes manuscritos posteriores. 

La familia «Plot» incluye particularmente el «William Watson» Ms. el cual, de todos los manuscritos de los Old Charges es el más cercano al «Cooke»; sin embargo, corresponde cronológicamente a los fines del siglo XVII (1687) y representa una transmisión particularmente  fiel de la tradición medieval. El nombre de familia «Plot» se debe al hecho que, el manuscrito (hoy desaparecido) descrito por el Dr. Robert Plot en su obra Natural History of Staffordshire(1686) pertenecía a este grupo o familia.  El «Tew» Ms. pertenece a la segunda mitad del siglo XVII; el «Tew original» citado sobre el «Tew» Ms. es un intermediario que se supone que existió entre éste y un antiguo manuscrito de la familia «Plot». 

El «Atcheson’s Haven» Ms. es del año 1666 y es uno de los más antiguos manuscritos provenientes de Escocia siendo necesario señalar que los Antiguos Deberes no aparecen en Escocia sino después de 1660. La pequeña localidad de Atcheson’s Haven es conocida por haber conservado los archivos de su Logia que se remontan a 1598 y contienen, en particular, un ejemplar de los Estatutos Schaw (William Schaw’s Statutes, 1598). 

El «Buchanan» Ms. corresponde también a la segunda mitad del siglo XVII; el «Beaumont» Ms. es de 1690, el «Portland» Ms. es de la primer mitad del siglo XVIII y el «Coleraine» Ms. (también «Bolt-Coleraine») es de 1728 lo cual comprueba la vigencia de los Antiguos Deberes después de la aparición de las Constitutions del Dr. Anderson que son la base doctrinaria de la llamada Masonería Especulativa o moderna. 

La familia «Roberts» está formada por manuscritos de la segunda mitad del siglo XVII y de la primera mitad del XVIII; uno de ellos fue impreso en 1722. 

La familia «Sloane» está subdividida en muchas ramas («Thorp», «Hupe», «Sloane», «Embleton»). 

La familia «Grand Lodge» también se encuentra muy subdividida. Aunque muy alejada, por su contenido, del «Cooke» Ms. contiene, sin embargo, el manuscrito post-medieval más antiguo: el «Grand Lodge» Ms. Nº 1 del año 1583. Existen manuscritos mucho más modernos que son, sin embargo, más fieles al contenido del «Cooke» Ms., tal como el «William Watson» Ms. mencionado anteriormente. Esto demostraría que las diferenciaciones de la tradición manuscrita es antigua y puede remontar, por lo menos al siglo XVI. 

La familia «Spencer» está formada, principalmente, por manuscritos tardíos (primera mitad del siglo XVIII). Al igual que con la familia «Roberts», se han impreso algunos de ellos en 1728-29 y 1739. 

NOTAS BIBLIOGRÁFICAS

        Los manuscritos «Regius» y «Cooke» han tenido varias ediciones. La primera edición del «Regius» fue la de J. O. Halliwell en 1840 en su libro Early Introduction of Freemasonry in England. Luego de la citada conoció otras ediciones. Citaremos la aparecida en el volumen I de las Quatuor Coronatorum Antigrapha con un comentario de R. F. Gould. La edición más reciente es de Estados Unidos, en el Masonic Book Club, 1970 (2º ed. 1975). Sin embargo, una de las más accesibles es la del Dr. Albert G. Mackey (1807-1871) en su Encyclopaedia of Fremasonry

        La primera edición del manuscrito «Cooke» es precisamente la de Matthew Cooke en su obra History and Articles of Freemasonry, Londres, 1861. También fue editado en fac-símil por G. W. Speth en el volumen II de las Quatuor Coronatorum Antigrapha con un comentario del editor. 

        Ambos manuscritos, «Regius» y «Cooke», han sido editados en forma sinóptica por los especialistas Knoop, Jones y Hamer bajo el título The two earliest masonic manuscripts (Londres, 1938) con una introducción y notas eruditas. 

        Numerosos manuscritos posteriores de los Antiguos Deberes han sido editados hasta hoy y una bibliografía general satisfactoria todavía no ha sido compilada; sin embargo, podemos citar las siguientes obras: 

o       Poole, H.: The Old Charges, The Masonic Record Ltd., London. 1924.

o       Gould, Robert F.: The Concise History of Freemasonry, Gale and Polden Ltd., London, 1920, Cap. III.

o       Poole and Worts: The Yorkshire Old Charges of Masons.

o       Hugham, W. J.: The Old Charges of the British Freemasons.

o       Sobre el Oficio de la Construcción en la Inglaterra medieval, la obra básica es:

         Knoop and Jones: The Medieval Masons, 3º ed., Manchester, 1967. La obra contiene muchos documentos tales como los Artículos y Puntos del «Regius» Ms., la Ordenanza de la Catedral de York de 1370, el Reglamento de Londres de 1356 y los Estatutos Schaw de 1598.  

¿QUÉ SON Y QUE NO SON LOS LANDMARKS?

Los “landmarks” o linderos son reglas particularmente impuestas por la Masonería anglosajona.

La palabra Landmark tiene su origen en los masones ingleses. Esta palabra habría sido tomada de la Biblia (Job 24.2 y Pr 22.28/23.10) y recuerda los linderos ––físicos y conductuales–– que no se deben violar. En masonería se denominan así las limitaciones que supuestamente ninguna Gran Logia puede derogar, ignorar o modificar, ya que en ellos están contenidos los principios y la esencia misma de la Fraternidad. Estas limitaciones, a las que llamaremos en adelante “linderos” ––cuando sea posible y con el fin de no usar la palabra inglesa–– son aquellos principios o reglas de gobierno masónico que supuestamente determina la naturaleza de nuestra institución y que por provenir de tiempos remotos, se tienen en su mayor parte por inviolables. Dentro de estos linderos se encuentra la masonería, fuera de ellos, no existe. Los que encarnan una tendencia quietista han llegado a sostener que la Masonería es un culto fundado en bases religiosas y cuyos dubitables principios originales ––los landmarks–– son inmutables. Hasta el fin del mundo, en consecuencia, no se pueden introducir modificaciones en los principios y fundamentos de la Masonería Original sin cesar de ser Masonería. Enfrentados a esta tendencia se encuentran gran parte de los masones latinoamericanos, partidarios de una masonería adogmática, que represente y encarne las fuerzas dinámicas frente a las tendencias estáticas.

El vocablo Landmark fue empleado desde tiempos muy antiguos por los masones operativos ingleses para referirse a las prácticas, costumbres, leyes, y usos de la masonería.

¿PERO CUALES SON ESTOS LANDMARKS O LINDEROS?

Para Mackey son 25; para Mac Bride ––enconado y demoledor crítico de Mackey–– solo son doce; 8 para Pound; apenas 3 para Pike; 24 para Lecerff; 54 para Grant de Louisville; 24 para Lawrence; 27 son los que se desprenden de lo actuado y aceptado en la Asamblea General de Francmasones llevada a cabo en Paris en el año 1523 (ver Anexo), y ocho son los que ––hasta donde sé–– conserva la Gran Logia de Inglaterra.

Algunos de estos linderos son comunes, otros son bastante diferentes y en algunos casos se encuentran en total contradicción. Unos pocos linderos de las muchos que se encuentran en las numerosas listas coinciden o son muy similares a las Obligaciones contenidas en antiguos Estatutos de la Cofradía.

¿Cuáles son entonces los verdaderos linderos? ¿Cuál es la forma de establecer esto? ¿Cuáles son los patrones de referencia que debemos emplear para identificar los genuinos linderos? Seguramente no lo serán solamente los 25 linderos de Mackey –– los que rechazo en gran parte por su falsedad ideológica, su sectarismo y su carácter tendencioso. Limitar nuestra atención a ellos significaría una grave omisión.

Definir esta cuestión es de particular importancia en orden de eliminar falsas interpretaciones ––equivocadas o intencionadas–– que en forma gradual y progresiva han venido desnaturalizando la Fraternidad, apartándola de la región contenida en los antiguos linderos.

¿A que obedece la existencia de tantos y diferentes linderos? Pareciera que intereses políticos y tendenciosos han sido los responsables primarios de este fenómeno. Resulta por demás importante determinar cuales de estos linderos son auténticos y en consecuencia imprescindibles para la conservación de la naturaleza de la Fraternidad, y cuales son los aderezos tardíos que respondiendo principalmente a intereses sectoriales, cuyo propósito ha sido ejercer con exclusividad el gobierno de la Orden e introducir una orientación definida, contraria a los principios de universalidad que nos han caracterizado.

¿Cuáles son entonces los linderos que debemos conservar, y cuales son los que debemos descartar, en favor de la gran familia masónica?

¿De que dependerá la adopción de unos u otros, si es que esta alguna vez se lleva a cabo?

Pienso que esta decisión deberá tomarse a la luz de todos los antecedentes disponibles y en función de la clase de masonería que queremos para el futuro.

¿Qué es lo que pensaban en este respecto algunos destacados predecesores?

Albert Pike sostenía que “la masonería no es una religión. Pero enseña y conserva en toda su pureza los dogmas cardinales de la primitiva fe, que subyacen fundamentalmente en todas las religiones”

A.G. Mackey decía que “la masonería es un sistema de moralidad velado en alegorías o ilustrado por símbolos. Las ceremonias son externas adiciones que no afectan a su esencia”.

Para A.C.L. Arnold la “masonería es amistad, amor e integridad. Amistad que se sobrepone a las ficticias distinciones sociales, a los prejuicios de religión y a las condiciones económicas de la vida. Amor sin límites ni tibiezas que no conoce desigualdades. Integridad que ata al hombre a la eterna ley del deber”.

G.F. Moore pensaba que la masonería “ es la ciencia de la vida en una sociedad de hombres, como signos, símbolos y ceremonias, que tiene por base un sistema de moralidad y por propósito el perfeccionamiento y dicha del individuo y la humanidad”.

Oscar Posner indicaba que la vida separa a los hombres y que para unirlos se necesita un arte. “Un medio de este arte –no el arte mismo– es la masonería. Por tanto, la masonería es el medio de un arte que se esfuerza en unir a los hombres separados por la vida, a fin de que puedan entrar en una nueva comunión unos con otros”.

Para el Gran Oriente de Bélgica, la Francmasonería es una institución cosmopolita, que tiene por objeto “la búsqueda de la verdad y el perfeccionamiento de la humanidad. Se funda sobre la libertad y la tolerancia; no formula ni invoca ningún dogma.

Pide al que se presente a la iniciación que sea hombre honrado y que posea una inteligencia que le permita comprender y propagar los principios masónicos. Exige de sus adeptos, sinceridad en sus convicciones, deseo de instruirse y abnegación.

Forma, pues, una sociedad de hombres probos, que, unidos por sentimientos de libertad, igualdad y fraternidad, trabajan individualmente y en común por el progreso social, ejerciendo así la beneficencia en el sentido más amplio”.

Considerar estas opiniones idealizadas puede ayudarnos de alguna manera a delinear el tipo de masonería que queremos, pero también es importante considerar lo que somos y cual es la gran diferencia que nos distingue de los masones de otras partes del mundo.

La Francmasonería puede ser considerada como formando dos grandes grupos: la Masonería anglosajona y la Masonería latina; esta división no es arbitraria, corresponde a dos grandes corrientes espirituales basadas sobre la diferencia de religión practicada por la mayoría de los habitantes de estos dos regímenes. Los países anglosajones profesan la religión reformada, los países latinos dependen de la religión católica romana.

La religión reformada es tolerante, admite el libre examen, no lucha contra la Francmasonería; muchos pastores son, además, masones.

La religión católica Romana es de esencia totalitaria, pretende la hegemonía. Adversarios de todo examen de su doctrina, está forzosamente en lucha con todo lo que no es ella. La Francmasonería, proclamando la Libertad en todas sus formas, se encuentra por este hecho como objeto preferente de las persecuciones de la Iglesia romana.

Estamos insertados en una realidad diferente. Los problemas que agobian a nuestros pueblos no existen en el llamado primer mundo. No son en él conocidos y si algo le ha llegado, poco le importa.

Nuestra realidad político cultural incide en un eventual replanteo de las características que definen a la Fraternidad. No se trata solamente de rescatar la masonería de eventuales desviaciones, se trata, fundamentalmente, de encontrar esa masonería que pensamos puede y debe representar un aporte verdadero no solo al perfeccionamiento individual, sino a la mejora de las condiciones particulares que afectan a nuestra realidad latino americana. No se trata ––al decir de Jean Jaures–– de conservar unas cenizas, se trata de avivar el fuego.

De la extensa melange de linderos y de los variados intentos de codificación e imposición, se concluye que muy pocos conservan los rasgos de antigüedad. En su libro “La Masonería”, Emilio J. Corbière señala que hay tres sobre los cuales no hay dudas de que revisten el carácter de antiguos linderos. Son los siguientes:

·        La necesidad de que los masones se congreguen en logia.

·         El gobierno de la Fraternidad, cuando está reunido en logia, está compuesto por un maestro y dos vigilantes.

·         La necesidad de que cada logia, cuando se halla reunida, esté debidamente guardada (a cubierto tanto de profanos como de masones ajenos a la logia).

Hay quienes podrán alegar que los secretos de la Fraternidad debieran considerarse como un antiguo lindero, sin embargo, en la actualidad esto carece de importancia, habida cuenta que los nombres de las autoridades son de dominio público, al igual que las actas de sus asambleas generales, su inscripción de los registros públicos de sociedades, sus enciclopedias, y los libros que dan detallada información de sus ceremonias, grados y ritos. 

Las mayores discrepancias que se desprenden de un estudio comparativo de los linderos conocidos, se producen con relación a la interpretación sobre lo que es el Gran Arquitecto del Universo, el Libro de la Ley Sagrada y la dogmática idea de la inmortalidad del alma.

Estas discrepancias han producido polémicas doctrinarias, enfrentamientos y divisiones que persisten en nuestro tiempo. El tema no es nuevo. Oswald Wirth señalaba que “la discordia tiene su origen en divergentes concepciones en cuanto al carácter fundamental de la Francmasonería. Algunos quieren ver en ella una comunidad de creencias reducidas a la afirmación de la paternidad de Dios,  de la inmortalidad del alma, y en el reconocimiento de un Libro Sagrado, promulgado por la ley divina. Otros estiman que la masonería debe respetar todas las opiniones religiosas y filosóficas, para no exigir a sus adeptos sino una moralidad garantida… He aquí el doble punto de vista que todavía  divide a los miembros de una gran confraternidad, creada y destinada a unir a todos los hombres de bien.

LA CUESTIÓN DEL GRAN ARQUITECTO DEL UNIVERSO

El Gran Arquitecto del Universo es una fórmula relativamente moderna. Para algunos, un Dios polimórfico. Un símbolo de un principio generador para otros.

La creencia en un Ser Supremo y en una vida futura no tiene nada de específicamente masónico. ¿Acaso ella no es también la ley fundamental de todas las Iglesias, la base de todos los cultos, y a este título, no es ella común a la casi totalidad del mundo profano? ¿Cómo aceptar en tales circunstancias que ella puede contarse entre esas “ceremonias, reglas y leyes juzgadas como absolutamente necesarias para distinguir a la Orden?. ¿Dónde se encuentra la definición del Dios de los masones? Es inútil que se busque, pues tal definición no existe en ninguna parte como cuerpo de doctrina. Los términos de este “landmark” de Mackey no pueden ser interpretados más que en un sentido profano, vulgar, y bajo esa fórmula resulta incompatible con los principios fundamentales y el espíritu de la Orden Masónica. Son muchos los que sostienen que los masones están obligados a tener una “religión” y que no es posible la religión sin el reconocimiento de la responsabilidad del hombre respecto del Ser Supremo o Potestad que llamamos Dios, por lo que la necesidad de una religión requiere forzosamente la creencia en Dios. Esta definición resulta demasiado estrecha y mezquina. Una de las reconocidas clasificaciones de las religiones es la denominada “antiteística”, la cual contiene el ateísmo, el agnosticismo, el panteísmo y el animismo. En consecuencia, las “opiniones particulares” pueden recorrer todo el camino que va desde el más puro y refinado monoteísmo al ateísmo, pasando por el politeísmo, el naturalismo y el fetichismo.

A pesar de que formamos parte de una gran fraternidad, poco es lo que sabemos respecto de la forma de pensar de nuestros hermanos, particularmente, aquellos que integran cuerpos considerados por algunos como irregulares. En el Convento organizado en 1877 por el Gran Oriente de Francia un pastor protestante, el hermano Federico Desmons propuso la supresión de la obligatoriedad de la creencia en Dios. Su brillante proposición fue aceptada por la Asamblea General. Veamos que decía:

“Pedimos la supresión de esta fórmula porque si es embarazosa para la Veneratura y para las Logias, no lo es menos para los profanos que animados de sinceros deseos de formar parte de nuestra grande y bella Institución, generosa y progresista, se ven detenidos por esta barrera dogmática que su conciencia no les permite saltar.

“Pedimos la supresión de esta fórmula porque nos parece extra inútil y extraña al objeto que persigue la Masonería. Cuando una sociedad de sabios se reúne para estudiar una cuestión científica ¿se siente obligada a poner en la base de sus Estatutos una fórmula teológica cualquiera? No, esto no se hace. Los sabios estudian la ciencia independientemente de toda idea dogmática o religiosa. ¿Por que no se debe hacer lo mismo en Masonería? ¿Es que su campo no es bastante vasto, su dominio lo suficientemente extenso, para que no le sea necesario poner pie sobre terreno que no sea el suyo?

“Dejemos a los teólogos al cuidado de discutir los dogmas, dejemos a las Iglesias autoritarias al cuidado de formular sus Syllabus, pero que la Masonería quede en lo que debe ser, es decir, en una Institución abierta a todos los progresos, a todas las ideas morales elevadas, a todas las inspiraciones amplias y liberales. Que no descienda jamás a la arena ardiente de las discusiones teológicas que no han aportado jamás ––creedme lo que os digo–– más que turbulencias y persecuciones. ¡Que se guarde muy bien la Masonería de querer ser una Iglesia, un Concilio, un Sínodo, porque todas las Iglesias, todos los Concilios, todos los Sínodos han sido violentos y perseguidores!. Y esto por haber querido tener siempre el dogma como base. El dogma que por su naturaleza es esencialmente inquisidor e intolerante.

“Que la Masonería, pues, se cierna majestuosa por encima de todas estas cuestiones de sectas o iglesias, que domine en toda su altura las discusiones, que permanezca siendo el vasto abrigo siempre cubierto a todos los espíritus generosos y valientes, a todos los investigadores de la verdad, concienzudos y desinteresados, a todas las víctimas, en fin, del despotismo y la intolerancia”.

EL LIBRO DE LA LEY SAGRADA, UN SÍMBOLO QUE DIVIDE

El “Libro de la Ley Sagrada” fue en los antiguos tiempos sola y simplemente el “Libro de la Ley”, libro que contenía los Antiguos Deberes, las reglas  ––los “Old Charges”– que regulaban la actividad de los gremios. Sobre él prestaban su juramento nuestros antepasados operativos. Existen indicios de esto, y en cambio, no existen rastros de que se prestaran ante ningún “libro sagrado”. En la Constitución de Anderson de 1723 no se decía nada sobre esto. Tampoco se decía nada en la reforma de carácter aclaratorio que Anderson efectuó en 1738.  Recién en el año 1760 la Biblia adquiere la categoría de “luz” de la logia. Sin embargo, en los altares de los masones operativos medievales no había ninguna Biblia. En ellos solo se encontraban las herramientas de trabajo: la regla, la escuadra y el compás ––estas eran sus luces. Ellas sí son indispensables para nuestros rituales. La presencia obligatoria de un “Libro Sagrado” va en contra de las exigencias naturales de la enseñanza iniciática, la que es inconciliable con el empleo ritual de símbolos a los que el mundo profano haya dado una determinada significación, que el Masón mal iniciado o poco instruido en su Arte no tenderá a superar. O. Wirth encuentra comprensible “que la Biblia conserve todo su prestigio ante aquellos espíritus religiosos que buscan en ella la palabra de Dios, haciéndola, a la par, la guía infalible de su fe; pero semejante veneración está muy lejos de poder imponerse racionalmente y constituye una característica anglosajona de la que no participan las razas latinas. Los masones anglosajones quisieron tener su Masonería particular y renunciaron al universalismo proclamado en 1723”. Mi personal punto de vista ––compartido por muchos hermanos–– es que si no queremos representar una farsa, no debemos emplear la Biblia en testimonio de que pertenecemos a una Sociedad que acepta todas las doctrinas y enseñanzas bíblicas.

Exigir un espíritu religioso es impropio de nuestra Orden. Quien señala los antiguos manuscritos para recordarnos que en ellos se hacia referencia a que las reuniones se consagraban a Dios, a la Santísima Trinidad, a los santos y a la Virgen, hay que recordarle que esto no significa absolutamente nada. En aquellos tiempos todos estaban obligados a pertenecer a una religión, quienes así no lo hacían o no lo manifestaban eran considerados herejes y eran candidatos a perder todo, incluso su vida.

La religión, considerada como sistema de fe y de veneración, pertenece a la Iglesia y no a una organización fraternal.“La Francmasonería no es un credo, ni un dogma, ni señala determinado camino a seguir a fin de ganar la gloria. La Francmasonería no puede ser una religión porque no tiene dogma, y es harto sabido que no hay religión sin dogma. La Francmasonería no puede ser una religión, porque sus principios están en pugna con los dogmas de las religiones, y están en pugna con estos, porque estos se declaran eternos y materia de fe ciega y absoluta, mientras que aquellos están sometidos al criterio científico experimental, que puede modificarlos con el progreso de la investigación” (D. Victory y Suárez, La Francmasonería no es una religión). Las Constituciones de Anderson de 1723 no tienen ni confieren a la masonería un espíritu religioso. En este sentido es importante recordar aquella regla de interpretación de las normas jurídicas, según la cual ubi lex voluit, dixit; ubi noluit, tacuit (cuando la ley quiere, lo dice; cuando no quiere, calla). Y esto es precisamente lo que sucedió con estas Constituciones. No dicen absolutamente nada sobre la presunta obligatoriedad de la calidad religiosa ni de la obligatoriedad del polémico “Libro de la Ley Sagrada”.

“Los Francmasones tienen su Biblia: las Constituciones de Anderson. Es este libro el que debe colocarse sobre el altar y sobre el que podría exigirse el juramento o promesa. Constituiría para el neófito un verdadero compromiso. De otra manera, nos parece masonicamente impío tratar de imponer un dogma religioso a una Orden cuya virtud esencial es la de “no admitir límite alguno en la investigación de la verdad” (Boletín de la Gran Logia de Francia)

LA CREENCIA EN LA INMORTALIDAD DEL ALMA

Mackey la hace figurar como el lindero 20º, Paton lo define como la “resurrección de los cuerpos y la vida futura”. Pike acepta la creencia en la vida futura, pero no en la resurrección.

Esta supuesta obligación no puede considerarse como tal:

1.- porque no existen vestigios de que al constituirse la Francmasonería moderna, fuera la creencia en la inmortalidad del alma algo que integrara el propósito de sus fundadores;

2.- porque nada sobre el particular se consigna en la Carta Magna de Anderson de 1723, ni aún en los Reglamentos Generales de 1721, y si no fue móvil o ideal de la Gran Logia Inglesa en sus pasos iniciales, no puede exigirse a las demás Potencia que se fundaron posteriormente;

3.- porque en razón de la íntima vinculación que tal creencia tiene con el dogma, es casi seguro que se introdujo en la Orden por aquellos místicos que adoptaron la tendencia dogmática en épocas ulteriores;

4.- porque la creencia en la inmortalidad del alma integra la ideología de ciertas especulaciones filosóficas que guardan relación con algunos altos grados, no con los simbólicos, y deben eliminarse por el carácter adogmático de la Orden y en aras de su universalidad; (Derecho Interpotencial Público Masónico, Cap. IX, Art. 28).

Pensar en nuestro tiempo en la “inmortalidad del alma” es inadmisible para quienes no comparten ideas religiosas que auspician este supuesto. Esta idea para ellos se resume en la inmortalidad del pensamiento y de las obras. Afortunadamente, la Gran Logia de Inglaterra ha dejado de lado la obligación de la creencia en una vida futura.

El prestigioso jurista argentino Virgilio A. Lasca, en su obra “Derecho Internacional Público Masónico” señala que lo fundamental a considerarse en estas guías o pautas, debe inspirarse en lo esencial del contenido de las Constituciones de Anderson de 1723, y en modo alguno en las particularizaciones o peculiaridades que en cada jurisdicción masónica se han impuesto por las modalidades de ambiente. “Se impone una elevación espiritual para avizorar la gran obra a cumplir por la Francmasonería en esta humanidad ansiosa de paz y armonía para afianzar su progresivo mejoramiento.

“Deben contemplarse todos los principios que tiendan a unir las Potencias, y desechar aquellos otros que son motivo de discrepancia, si es que comprendemos bien el Arte de construir una verdadera fraternidad.

Sin embargo, las referidas Constituciones de Anderson no son de modo alguno un antiguo lindero, aunque sí pueden ser un patrón de referencia. La Constitución publicada por la Gran Logia de Inglaterra en el año 1723 es una verdadera reforma  de los usos y costumbres de la Masonería operativa, llevada a cabo por la necesidad de organizar la Fraternidad, a fin de reunir los elementos dispersos y coordinar sus esfuerzos. Esto está claramente explicitado en la página 73 del Libro de las Constituciones de 1723, en la que se puede leer: “…Habiendo sido ––en Inglaterra–– considerablemente interpoladas (¡no solo en la Biblia se hacían interpolaciones!) y mutiladas y lamentablemente alteradas las añejas Constituciones… nuestro antiguo Respetable Gran Maestre encargó al autor examinar, corregir y redactar, siguiendo un método nuevo y mejor, la historia, deberes y reglamentos de nuestra vieja fraternidad. En consecuencia, este último ha estudiado diversos documentos provenientes de Italia, de Escocia y de distintas regiones de Inglaterra ––entre los que encontró gran número de errores–– y de ellos, así como de otros antiguos archivos masónicos, sacó las Constituciones aquí publicadas con los Deberes y Reglamentos Generales”. 

Esta página ha sido sospechosamente puesta en la sombra por los historiadores. Conocemos una larga lista de antiguos documentos masónicos, y creemos que el famoso “Manuscrito Regio”, que data de alrededor del año 1390, es el más antiguo de todos. La “Carta di Bologna”, importante documento del año 1248, también es mantenido en la oscuridad por la mayoría de historiógrafos de la Fraternidad. ¿A que se debe este silencio?. ¿Tendremos que ver en esto una no confesada intención de británica preponderancia?

La obra de Anderson no pudo evitar la aparición de susceptibilidades. Eduardo E. Plantagenet nos cuenta (ver Bases del Derecho Masónico, ¿Landmarks u Obligaciones de Anderson?) que aquellos que permanecían fieles a lo que creían ser la verdadera tradición masónica, no querían admitir que esta podía haber sido realmente corrompida por alteraciones de todo orden. Es precisamente a estos hermanos a quienes se debe en 1722 ––en el mismo momento en que el trabajo de Anderson  era confiado a una comisión de revisión especialmente nombrada para su examen––, la publicación de una Constitución (“The Old Constitutions belonging to the Ancient and Honourable Society of Free and Accepted Masons”), copiada ––según lo declaraban–– de un documento manuscrito de más de quinientos años de edad (!). No cabe ninguna duda que fueron ellos quienes años más tarde ––¿en 1858 como se pretende?–– provocaron la publicación de una lista enumerativa de los “Landmarks”, o Principios Fundamentales e Imprescindibles de la Orden, que opusieron con éxito a las “Obligaciones de Anderson” Todavía hoy la Gran Logia Unida de Inglaterra hace de esos Landmarks la base de la ortodoxia masónica. Todavía hoy muchos hermanos creen que ciertos linderos están indisolublemente unidos a las Constituciones de Anderson.

“Si confrontamos los Landmarks y las Obligaciones, continua Plantagenet, nos vemos fatalmente obligados ––de buen o mal grado–– a comprobar que, lejos de complementarse mutuamente, como nos induciría a admitirlo la doctrina anglo-sajona, ambos documentos se contradicen o se hallan en desacuerdo sobre más de un punto; que su respectiva autoridad “legal” está lejos de ser equivalente y, por último, que sus divergencias ––tan nefastas para la noble grandeza y la sublime universalidad del Ideal masónico–– tienen por origen un malentendido, tanto más afligente cuanto que él no parece ser, más que una deplorable consecuencia de la eterna incompatibilidad existente entre la letra y el espíritu. Estas diferencias no son fruto del azar ni de la fantasía del redactor; ellas son voluntarias, premeditadas y, lo que es más, meticulosamente definidas y puestas a punto”.

Estas diferencias se acentuaron con el tiempo e impulsaron a los “antiguos” (la oposición de los “modernos” que rodeaban y apoyaban a Anderson) a volver a sus antiguos sentimientos, renegar de las Constituciones de Anderson, invocar la imprescriptibilidad de los linderos (landmarks) que ellos “habían descubierto” y provocar así la alteración del texto original de Anderson y después el paradojal maridaje de sus linderos con las Obligaciones.

¿Qué son y que no son entonces los Landmarks? Debemos aceptar que hasta hoy no se conoce ni su número ni su naturaleza particular, y que ninguna de las nomenclaturas en curso reviste un carácter de autenticidad suficientemente notoria como para que podamos librarnos de la duda que nace de tan singulares contradicciones y de la visible puja que produce su cotejo. Unos pocos corresponden a los antiguos e inalterables linderos. Otros muchos no son nada más que tardíos agregados e interpolaciones que tuvieron como objeto primordial sustentar posiciones altamente criticables por lo poco masónicas. Ciertamente, no será posible a través de estos medir el grado de desviación que se ha operado en la Fraternidad, el alejamiento de los postulados que la animaban. Considerar que los llamados landmarks son el conjunto de rasgos propios y exclusivos de la Orden ––sin efectuar un previo análisis de los mismos–– puede llevarnos a cometer graves equivocaciones. Este análisis es ineludible para determinar si las Obligaciones de Anderson pueden o no ser consideradas como la Carta fundamental de la Masonería especulativa, o en su defecto, considerar como tal a los principios básicos de la Francmasonería Universal, aprobados en la Asamblea General de Francmasones reunida en Paris en el año 1523.

No hay dudas de que todos estamos de acuerdo sobre la existencia real de determinados linderos no desprovistos de cierta autoridad y que pueden ––en cierta medida por lo menos–– representar algunos elementos esenciales de la regularidad masónica. Sin embargo, para que pudiésemos hacer de ellos bajo esta forma la base del derecho masónico, sería necesario todavía que esos linderos fundamentales fuesen codificados después de haber sido aligerados de todas las prescripciones cuya universalidad no está demostrada de un modo incontrovertible, o que no se ajustan estrechamente a la definición admitida para sus caracteres específicos. 

Los linderos que propuso Mackey son notoriamente posteriores al libro de las Constituciones de Anderson. En cuanto al resto, ¿qué título se podría invocar ante las circunstancias ya señaladas para conceder a los linderos en general una precedencia cualquiera sobre las Obligaciones de Anderson? El argumento de la anterioridad no puede ser utilizado; su autenticidad está sujeta a caución; su universalidad es discutible; su número es desconocido; nada define “oficialmente” su carácter; ni siquiera se puede pretender que la enunciación de los principales de entre ellos haya aportado un elemento nuevo para el establecimiento de los cuadros del derecho masónico.

En la Constitución  “operativa” publicada en Londres en 1722 no se encuentra ninguna referencia que pueda servir de base para la justificación de los “landmarks” de Mackey. Por el contrario, se puede apreciar que por primera vez apareció esta expresión en el vocabulario masónico, en el artículo XXXIX de las Antiguas Ordenanzas, publicadas a continuación de las Obligaciones de Anderson:

 “XXXIX. Every Annual Grand Lodge has an inherent Power and Authority to make “new regulations” or to alter these, for the real Benefit of this ancient Fraternity: Provided always “the old Landmarks be carefully preserved…”

Como en el decreto de aprobación de la Gran Logia se expresa que los textos de Anderson deben ser considerados como las únicas Constituciones de la Orden:

 “… and we ordain that these be received in every particular Lodge under our cognizance, as the only Constitution of Free and Accepted Masons amongst us…”

No puede caber duda de que las prescripciones a que esta declaración se refería no eran otras que las editadas por los “Old Charges” mismos.

Si consideramos estas prescripciones con la atención que se merecen, rápidamente notaremos que, adoptando el aspecto de una constitución operativa, ellas trazan muy claramente el cuadro espiritual de la Masonería especulativa, destacando las tradiciones que importa respetar para que el Masón virtuoso pueda “realizar” la iniciación y convertirse en un “Iniciado” ––en el sentido intelectual del término–– y para que la Orden conserve su fisonomía propia en medio de las instituciones profanas, dedicadas a la satisfacción fragmentaria y temporal de las aspiraciones trascendentes e integrales de la comunidad masónica.

Enfrentamos así una verdadera disyuntiva: optar entre linderos u Obligaciones. Podemos embarcarnos en la difícil tarea (hasta hoy no acometida) de pesquisar y analizar todos los linderos que andan dando vueltas y decidir cuales de ellos son auténticos y vitales para el mantenimiento del carácter que identifica a nuestra Fraternidad. Reitero lo equívoco que puede resultar emitir una opinión acerca de los “antiguos linderos” considerando solamente los enunciados por Mackey. Nadie ha podido responder de que fuentes los ha extraído. Son muchos los hermanos que no aceptan la preferencia excesiva que se otorga a estos linderos por sobre las Obligaciones de Anderson, porque en algunos aspectos ellos las desvirtúan con una peligrosa pugna y en otros las repiten inútilmente.

Lo que interesa ante todo es entenderse. Cuando se proclama que los antiguos linderos son “inalterables, inamovibles e inmutables” resulta positivamente cierto si se tienen en cuenta cuando menos las Obligaciones de Anderson, pero no si se considera la nomenclatura de Mackey, que ha invadido muchos terrenos para poder pretender cierto grado de imprescriptibilidad. No podemos detener la evolución misma , atándola a los límites infranqueables de un pasado muerto. La naturaleza no es estacionaria. “Las instituciones envejecen mientras la Humanidad rejuvenece sin cesar; los métodos pueden gastarse, las exigencias de los tiempos y del espíritu modificarse, las doctrinas corromperse, solo el “fin” permanece eternamente idéntico a sí mismo porque nosotros estamos “en el valle” y él está “en la cima”.

 “Si a nuestro turno osáramos expresar un “landmark” iniciático en apoyo de nuestra tesis, diríamos que lo que nos distingue específicamente de la actividad intelectual y social del mundo profano es precisamente que “la comunidad humana se esfuerza por realizar la doctrina” tentando a cada individuo, cada función y cada grupo a imponer la suya a los otros, mientras que la colectividad masónica no aspira sino a encaminar la Humanidad hacia “el fin”, haciéndolo perceptible a todos y dejando a cada uno el cuidado de encontrar su vía y de progresar por ella según sus fuerzas y sus posibilidades”.

“Es por eso que la enseñanza iniciática no se presta a ninguna limitación espiritual; la glosa iniciática de hoy es esencialmente diferente de aquella cuyo texto nos dan los rituales del siglo XVIII, aunque el objetivo final siga siendo el mismo”.

 “Como conclusión se puede afirmar que las Obligaciones de Anderson, al igual que los Principios Básicos Constitutivos de la Francmasonería Universal del año 1523, constituyen los únicos documentos capaces de proporcionar una base sólida al derecho masónico. Desgraciadamente, los llamados landmarks o linderos, bajo su forma actual no solamente es nulo su valor, sino que, además de su imprecisión, su falta de coordinación y la puja enredada que evidencian sus términos, constituyen para la Orden un mal de una excepcional gravedad que sería de urgencia extirpar. ¿Es ello posible? No cabe duda de que sí. Bastaría solamente con no dejar que en la busca racional de la solución del problema la letra ahogue al espíritu y los particularismos estrangulen a la Fraternidad”.(E.G. Plantagenet)

Los “antiguos linderos” ––los landmarks––, cuyo sentido real y número pocos masones conocen, han demostrado que solo convienen a las potencias masónicas, ya que les permite ––por la ambigüedad del término––  acusarse recíprocamente de la no observación de la antigua tradición de los Masones operativos, pecado del que todas ellas se hacen más o menos culpables cuando ello sirve a sus intereses.

Felipe Woichejosky

ANEXO

ANTIGUOS LÍNDEROS

PRINCIPIOS BASICOS CONSTITUTIVOS DE LA FRANCASONERIA UNIVERSAL APROBADOS EN LA ASAMBLEA GENERAL DE FRANCMASONES QUE SE REUNIO EN PARIS EN EL AÑO DE 1523.

DE LA LOGIA FRANCMASÓNICA Y DE SUS MIEMBROS.

1. Siete o más francmasones debidamente capacitados, reunidos bajo la bóveda celeste, a cubierto de indiscreción profana, para discutir y resolver libremente, por mayoría de votos, los asuntos que les interesen colectivamente, forman una logia francmasónica, similar a las de la Masonería operativa.

2. Los trabajos en Logia se verifican durante las horas libres de ocupación de los reunidos, y de preferencia entre el medio día y la media noche, bajo la dirección de un Maestro Aprobado (presidente) y dos Celadores, también Aprobados (vicepresidentes). Las reuniones se efectúan ante los útiles de trabajo conocidos, colocados en el Ara del Medio en la forma acostumbrada, estando resguardada la entrada al recinto de la reunión por un Guardián seguro y resuelto, y un Experto retejador de los visitantes. Todos los que desempeñan cargos son elegidos por mayoría de votos de los francmasones reunidos, sea para una Asamblea o para un período determinado por ellos.

3. Los francmasones reunidos en Logia, de acuerdo con las reglas y costumbres conocidas desde tiempos muy antiguos, pueden, previa averiguación respecto a los candidatos, iniciar a los profanos en los Misterios (Secretos) de la Francmasonería y examinar a los Aprendices y Compañeros para elevarlos a los grados de capacitación superiores inmediatos, tomando de ellos la promesa de fidelidad en la forma acostumbrada, ante los útiles simbólicos del Trabajo y de la Ciencia y comunicarles los signos, los toques y las palabras secretas de reconocimiento y de socorro, universales entre los francmasones.

4. Es costumbre antigua, firme e inviolable, no admitir como francmasones a los hombres que tienen convicciones contrarias a los principios básicos de la Francmasonería, salvo en los casos de rebeldía franca de éstos contra la ideología de los grupos a que pertenecen.

5. No se admiten como francmasones los esclavos, los menores de edad y los incapacitados física y mentalmente.

6. Unión, Solidaridad y Cooperación son los principios de organización interna de la Francmasonería Universal.

7. La inclinación al estudio y trabajo, la vida y costumbres sanas y normales, el comportamiento decoroso, el trato fraternal entre los asociados a la Francmasonería, la preocupación constante por el progreso y bienestar del género humano y por su propia perfección, son distintivas de un buen francmasón.

8. Para poseer los derechos completos del francmasón dentro de sus agrupaciones y dentro del pueblo masónico en general, es indispensable e imprescindible escalar los tres grados de capacitación de Aprendiz, de Compañero y de Maestro, y conocer en esencia la Leyenda no alterada de la Masonería Antigua respecto a la Construcción del Templo de Salomón; contribuir económicamente para el sostenimiento de sus agrupaciones; asistir regularmente a los trabajos de Logia; preocuparse por los hermanos enfermos, perseguidos o caídos en desgracia y por sus familiares; ayudar a los hermanos viajeros y no abusar de la confianza de nadie.

9. Son derechos esenciales de un francmasón:

a) Voz y voto en Logia y en la Asamblea General (Gran Logia) de los Maestros Masones;

b) Elegir y ser elegido para todos los cargos dentro de sus agrupaciones;

c) Pedir la revisión de los acuerdos tomados en Logia ante la Asamblea General de los Maestros Masones;

d) Exigir en Logia la responsabilidad de los elegidos en el desempeño de sus cargos;

e) Pedir justicia francmasónica en casos de conflictos entre los asociados a las Logias afines;

f) Formar triángulos y estrellas para trabajar Masónicamente en los lugares donde no es posible reunirse en Logia por razones de fuerza mayor;

g) Disfrutar de socorro, ayuda y protección mutuas entre los francmasones;

h) Visitar las logias ideológicamente afines y ocupar los puestos correspondientes a su grado de capacitación, previa identificación de su calidad de francmasón en la forma acostumbrada y segura, y

i) Pedir el Certificado de Retiro de la Logia sin explicación de causas, estando en pleno goce de sus derechos.

SON DEBERES PRIMORDIALES DE LOS FRANCMASONES, PUGNAR:

10. Por el reconocimiento del principio de la separación de la filosofía de la teología.

11. Por la libertad de pensamiento y de investigación científica.

12. Por la aplicación del método científico experimental en la filosofía.

13. Por el intercambio de los conocimientos y de las prácticas entre los hombres para el bien propio y de la humanidad.

14. Por la libertad de conciencia religiosa y la prohibición absoluta a los clérigos de las religiones de inmiscuirse en asuntos políticos.

15. Por la abolición de los privilegios de las castas de la nobleza y del clero.

16. Por la prohibición de emplear a los esclavos en los oficios de los hombres libres.

17. Por los derechos de los pueblos de gobernarse libremente, según sus leyes y costumbres.

18. Por la abolición de los tribunales especiales de justicia del clero y de las castas de la nobleza, y el establecimiento de los Tribunales comunes, de acuerdo con las costumbres y leyes de los pueblos.

OTRAS DISPOSICIONES CONSTITUCIONALES:

19. Toda Logia Francmasónica es soberana, no puede inmiscuirse en los asuntos internos de otras Logias, ni elevar a grados de capacitación superiores a los aprendices y compañeros afiliados a otras Logias sin su conocimiento o la solicitud de ellas.

20. Un pacto entre Logias significa la Cooperación y no la renunciación total o parcial de su soberanía.

21. Siete o más Logias Francmasónicas de un territorio determinado pueden formar una Federación (Gran Logia) y tres o más Federaciones pueden unirse en una Confederación.

22. Para preservar intactos los principios de Unión, Solidaridad y Cooperación no es recomendable la formación de dos Federaciones o Confederaciones sobre el mismo territorio.

23. La Asamblea General de los Maestros Masones es la autoridad Suprema en el territorio de una Federación, dicta las leyes, nombra y controla su Gobierno Federal y elige a los representantes que forman parte de la Asamblea de la Confederación.

24. Todo francmasón capacitado, electo para un cargo o representación, es responsable ante sus electores y puede ser destituido por ellos en cualquier momento.

25. Entre los francmasones y sus asociaciones no pueden existir diferencias basadas en la distinción de razas, color o nacionalidad.

26. Los principios de Universalidad, Cosmopolitismo, Libertad (no esclavitud), Igualdad (ante las posibilidades) y Fraternidad (como base de relaciones entre los hombres) son las metas de la Francmasonería.

27. Como producto del pensamiento filosófico progresista, los preceptos básicos de la Francmasonería son sagrados e inamovibles. Estos preceptos no pueden estar en contraposición con los progresos de las Ciencias ni con las ideas avanzadas de épocas posteriores, por lo tanto los francmasones no pueden tergiversarlos ni omitirlos, sin perder su calidad de progresistas y de francmasones.

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